Protección Patrimonial y Defensa en Juicio (San Pedro Garza García)

Protección Patrimonial y Defensa en Juicio (San Pedro Garza García)

10 ago
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Quiebra Inteligente
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San Pedro Garza García

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Quiebra Inteligente

San Pedro Garza García

¿En qué consiste la Protección Patrimonial y Defensa Judicial para Empresas?

A diferencia de la Liquidación o la Reorganización, este no es un procedimiento concursal establecido en la Ley N° 20.720. Se trata de una estrategia legal personalizada y preventiva, diseñada para empresas que enfrentan demandas de cobro, pero que poseen un patrimonio importante que perderían irremediablemente en caso de someterse a una quiebra.

El objetivo principal es blindar los activos de la empresa mediante una estructuración legal lícita y, paralelamente, ejercer una defensa activa en los tribunales civiles frente a los juicios iniciados por los acreedores (regulados en el Libro III del Código de Procedimiento Civil, Art. 434 sobre el Juicio Ejecutivo). Con esta doble estrategia, se evita el embargo y remate de los bienes, ganando el tiempo necesario para la extinción de las acciones de cobro y el saneamiento definitivo de los antecedentes.

En Quiebra Inteligente, aplicamos tecnología de monitoreo judicial para anticiparnos a las acciones de tus acreedores.



Diseñamos un escudo legal a la medida de tu empresa, defendiendo con firmeza cada peso de tu patrimonio.

Principales Ventajas y Ventajas

Esta estrategia te permite recuperar el control de la situación frente a acreedores agresivos, sin entregar el patrimonio que tanto te costó construir.

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Blindaje de Activos

Implementamos mecanismos legales para proteger los bienes muebles e inmuebles de tu empresa frente al inicio de acciones de cobro, evitando que sean objeto de embargos, retiros y posteriores remates judiciales a una fracción de su valor real.

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Defensa Activa en Juicio Ejecutivo

Oponemos todas las excepciones legales pertinentes para paralizar o ganar los juicios de cobro, bloqueando las intenciones de ejecución rápida de bancos, factoring o proveedores.

Art. 464

CPC

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Saneamiento Crediticio por Prescripción

La acción ejecutiva prescribe en 3 años (Art. 2515 del Código Civil). Nuest

📌 Protección Patrimonial y Defensa en Juicio (San Pedro Garza García)
🏢 Quiebra Inteligente
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